¿Qué régimen tributario te conviene más?
- HCM Asesores & Consultores
- 29 sept 2016
- 2 Min. de lectura

El régimen tributario es la forma en la que el emprendedor se presenta ante la SUNAT, y será clave a la hora de definir el pago de impuestos y la periodicidad de los pagos.
Así que si se tiene en mente emprender un negocio de la mejor forma correcta, hay que ser formal, una condición que permite acceder a financiamiento y líneas de crédito, contratar con empresas como proveedor o brindarle servicios al Estado.
Entonces, ¿qué régimen tributario te convendría más?
Cabe anotar que cada uno de ellos posee ventajas y desventajas por lo que te mostramos las características de cada uno para que descubras cuál te conviene más.
1. Régimen General del Impuesto a la Renta
Es un régimen tributario que comprende las personas naturales y jurídicas que generan rentas de tercera categoría, provenientes del capital, trabajo o de la aplicación conjunta de ambos factores. En este caso, el contribuyente es identificado por la SUNAT con su Nº de RUC. La tasa impositiva sobre las ventas mensuales equivale al 19% de la actividad económica, con derecho a deducir crédito fiscal. Debe emitir facturas llevar una contabilidad compleja, que involucra libros contables de ingresos, egresos, inventario, caja, balances, registro de compras, entre otros. Este régimen se aplica a las empresas en general.
2. Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER)
Establece para las empresas una única obligación: abonar el 1,5% de los ingresos netos mensuales. Ese desembolso tiene carácter cancelatorio, es decir, definitivo. No requiere pago de regularización al cierre del ejercicio, como en el sistema ordinario. No existen los anticipos a cuenta y no necesita contabilidad completa, sino solo registros de compras y de ventas. No se presenta declaración jurada anual. Al calcularse el impuesto sobre los ingresos y no sobre los resultados, las pérdidas que pudieran sufrirse no incidirán en la determinación del tributo.
Solo pueden acogerse las empresas que tienen un máximo de 10 trabajadores, ingresos anuales que no excedan de S/.525.000 y activos fijos (excepto predios y vehículos) que no superen S/126.000. Se excluye a quienes realizan transporte de carga, espectáculos públicos, casinos, agencias de viajes, empresas inmobiliarias, entre varios otros rubros. Lo cierto es que es una buena opción para los emprendedores, ya que representa menor pago de impuestos, así como menos exigencias contables, siempre que se trate de emprendimientos que no superen el máximo de ingresos anuales.
3. Régimen Único Simplificado (RUS)
Contribuye con la formalización de las micro y pequeñas empresas (mypes) porque es simple y facilita el cumplimiento de sus responsabilidades tributarias. Los inscritos en el Nuevo RUS no emiten facturas, solo entregan boletas de venta porque ha sido diseñado para que estos contribuyentes vendan a consumidores finales. Además no tienen que llevar libros contables, de esta manera, los costos de cumplimiento tributario se reducen sustancialmente.
Es un régimen sencillo que aplica a empresas con ingresos anuales inferiores a S/. 60,000. este régimen es perfecto para aquellos emprendedores que ponen una bodega, por ejemplo, o un negocio que implique atención al cliente final, como una panadería, una peluquería, un spa o una tienda de accesorios de mascotas.
Así que ya sabes: dependiendo del tamaño del emprendimiento, ya puedes elegir el régimen que más se acomode para pagar a la Sunat todos los meses y evitar exponer el negocio a multas o clausuras.
Comments